Los fabricantes, importadores y comercializadores de confecciones y calzado que incumplan con las especificaciones de etiquetado previstas en las resoluciones 933 del 2008 y 1950 del 2009 del Ministerio de Comercio podrán ser multados hasta con 1.000 salarios mínimos mensuales legales vigentes. Así lo advirtió la Superintendencia de Industria y Comercio, al recordar que las etiquetas de confecciones deben incluir, entre otros datos, el porcentaje de composición de las fibras textiles.
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